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ÁLVAREZ GUERRA Notaría
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Compraventas · A Coruña

Compraventa de inmuebles: qué documentación hace falta

La escritura de compraventa es el documento con el que una vivienda, un local, un garaje o una finca cambian de dueño y se inscriben a nombre del comprador. El notario comprueba antes la titularidad y las cargas en el Registro, la situación con la comunidad y el IBI, y da fe del pago del precio.

Qué es y cuándo hace falta

La notaría comunica la venta al Registro el mismo día y, si se le pide, se encarga de la liquidación de impuestos y de la inscripción.

Documentación necesaria

Para tramitar una compraventa de inmuebles, será necesaria la siguiente documentación:

  • Documentos de propiedad de los vendedores.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI) de los vendedores y compradores.
  • Información sobre el régimen económico matrimonial de ambas partes.
  • En caso de intervención de una sociedad, se requieren los poderes o nombramiento de los administradores vigentes.
  • Detalles de inscripción en el Registro Mercantil si hay participación de una sociedad.
  • Para propiedades urbanas, certificado de la comunidad de propietarios confirmando el pago de los gastos comunitarios.
  • Referencia catastral (último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles - IBI).
  • Estado de alquiler de la propiedad.
  • Precio de venta acordado.
  • Detalles sobre el pago de los gastos de la transacción: honorarios de notaría, Plusvalía municipal.
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Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.

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Arras, compraventa y subrogación. Se comprueban cargas, deudas de comunidad, IBI y situación arrendaticia antes de la firma. Lo explicamos con detalle, con costes y preguntas frecuentes, en compraventa de vivienda en A Coruña.

Preguntas frecuentes sobre compraventa de inmuebles

¿Qué comprueba el notario antes de la firma?

Quién es el dueño, si hay hipotecas o embargos, si el vendedor está al corriente con la comunidad y el IBI, si la vivienda tiene certificado energético y si está alquilada. Todo consta en la escritura.

¿Cómo se paga el precio?

Por transferencia o cheque bancario nominativo, cuyos justificantes se incorporan a la escritura. Los pagos en efectivo están limitados por ley a 1.000 euros cuando interviene un empresario, y deben identificarse siempre.

¿Qué impuestos paga el comprador en Galicia?

En vivienda usada, Transmisiones Patrimoniales al 8 % con carácter general, con tipos reducidos para menores de 36 años, familias numerosas y personas con discapacidad. En vivienda nueva, IVA del 10 % más Actos Jurídicos Documentados.

Cita previa

Cuéntenos el caso

Una llamada basta para saber qué documentación hace falta y cuánto cuesta. La consulta previa no se cobra.

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