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Compraventas · A Coruña

Disolución de condominio: qué documentación hace falta

Cuando una vivienda pertenece a varias personas (exparejas, hermanos que heredaron, socios) y una de ellas quiere quedársela entera, la disolución de condominio o extinción de comunidad es la vía: uno se adjudica el bien y compensa en dinero a los demás.

Qué es y cuándo hace falta

Su gran ventaja es fiscal: tributa por Actos Jurídicos Documentados sobre la parte adjudicada y no por Transmisiones Patrimoniales, lo que la hace mucho más barata que una compraventa entre copropietarios.

Documentación necesaria

Para tramitar una disolución de condominio, será necesaria la siguiente documentación:

  • Títulos de propiedad de los bienes objeto de la disolución de la comunidad.
  • DNI de los copropietarios. Si interviene alguna sociedad, los poderes o nombramiento de administradores vigentes.
  • En las fincas urbanas, certificado de la comunidad de propietarios de que se encuentra al corriente en el pago de los gastos de la comunidad.
  • Referencias catastrales de los bienes (último recibo del IBI).
  • Si están o no arrendados.
  • Valor que se asigna a cada bien.
  • Cómo se adjudican los bienes a los copropietarios.
  • Cómo se pagan los gastos de la operación: Notaría, Plusvalía municipal (si se trata de fincas urbanas).
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Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.

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Preguntas frecuentes sobre disolución de condominio

¿Se puede hacer si la vivienda tiene hipoteca?

Sí, pero la hipoteca sigue siendo de todos los que la firmaron. Para que el que sale deje de ser deudor hace falta que el banco acepte la novación.

¿Qué pasa si hay varias fincas?

Se pueden repartir entre los copropietarios en la misma escritura, compensando en dinero las diferencias de valor. Si un copropietario se lleva más de lo que le corresponde sin compensar, esa parte se trata como donación.

Cita previa

Cuéntenos el caso

Una llamada basta para saber qué documentación hace falta y cuánto cuesta. La consulta previa no se cobra.

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