Qué es y cuándo hace falta
La transmisión está en general exenta de Transmisiones Patrimoniales, salvo cuando se usa para transmitir inmuebles encubiertamente.
Documentación necesaria
Para tramitar una compraventa de acciones o participaciones sociales, será necesaria la siguiente documentación:
- DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia de las partes vendedora y compradora.
- Copia auténtica de la escritura de constitución de la sociedad y de cualesquiera otras que acrediten la propiedad de las acciones o participaciones.
- Acta de titularidad real de la sociedad.
- Si los estatutos o la ley fijan alguna limitación a la transmisión, será necesario aportar acuerdo de junta.
- Acreditación de los medios de pago.
Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.
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Preguntas frecuentes sobre compraventa de acciones y participaciones sociales
¿Tienen que firmar todos los socios?
No. Firman comprador y vendedor. Los demás socios tienen que haber renunciado a su derecho de adquisición preferente o haber dejado pasar el plazo, lo que se acredita con certificación del administrador.
¿Hay que inscribir la venta en el Registro Mercantil?
No. La transmisión de participaciones se anota en el libro registro de socios de la sociedad. Sí se comunica la titularidad real cuando cambia.