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Declaración de obra nueva: qué documentación hace falta

La declaración de obra nueva hace constar en el Registro de la Propiedad lo que está construido sobre una finca: una casa, una ampliación, una nave. Sin ella, la finca figura como solar o con una descripción antigua, y vender, hipotecar o heredar se complica.

Qué es y cuándo hace falta

Puede declararse una obra en construcción, una obra terminada con licencia o una obra antigua "por antigüedad", cuando ya ha prescrito la posibilidad de sanción urbanística.

Documentación necesaria

Para tramitar una declaración de obra nueva (en construcción o terminada), será necesaria la siguiente documentación:

  • DNI, NIE o pasaporte de los propietarios del terreno o solar.
  • Título de propiedad del terreno o solar.
  • Referencia catastral (último recibo del IBI).
  • Licencia de obras concedida por el Ayuntamiento.
  • Proyecto técnico visado por el colegio profesional correspondiente.
  • Certificado de final de obra firmado por el arquitecto y el arquitecto técnico, visado por el colegio profesional (para obra nueva terminada).
  • Licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad (para obra nueva terminada).
  • Certificado de eficiencia energética (para obra nueva terminada).
  • Seguro decenal de daños (obligatorio para viviendas, salvo autopromoción individual).
  • Coordenadas de georreferenciación de la edificación.
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Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.

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Preguntas frecuentes sobre declaración de obra nueva

¿Qué hace falta para declarar una obra antigua?

Un certificado de técnico, del Catastro o del Ayuntamiento que acredite la fecha de terminación, y que sobre la finca no conste expediente de disciplina urbanística. Además, el certificado de eficiencia energética y las coordenadas de la edificación.

¿Hace falta seguro decenal?

Solo en obra nueva terminada de edificios destinados a vivienda, y con excepciones para el autopromotor de vivienda única que no vende en diez años.

Cita previa

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Una llamada basta para saber qué documentación hace falta y cuánto cuesta. La consulta previa no se cobra.

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