Qué es y cuándo hace falta
El préstamo entre particulares está sujeto pero exento del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: hay que presentar el modelo 600 en la Xunta, pero no se paga nada.
Documentación necesaria
Para tramitar un préstamo entre particulares, será necesaria la siguiente documentación:
- DNI, NIE o pasaporte de prestamista y prestatario.
- Régimen económico matrimonial de ambas partes.
- Condiciones del préstamo: capital prestado, tipo de interés, plazo de devolución, forma de pago.
- Si se constituye garantía sobre un inmueble, título de propiedad de la finca.
- Si interviene una sociedad, poderes o nombramiento de administradores vigentes y datos del Registro Mercantil.
Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.
Más sobre hipotecas
Acta previa de transparencia, escritura de préstamo, novación y cancelación. El acta previa es obligatoria y no tiene coste para quien la recibe. Lo explicamos con detalle, con costes y preguntas frecuentes, en hipotecas en A Coruña.
Preguntas frecuentes sobre préstamos entre particulares
¿Se puede prestar sin intereses?
Sí. Debe decirse expresamente en el documento. Si no se dice nada, Hacienda presume que hay intereses de mercado.
¿Escritura o póliza?
La póliza es más económica y suficiente para la mayoría de los préstamos entre particulares. La escritura se usa cuando hay garantía hipotecaria o el importe es elevado.