Qué es y cuándo hace falta
Las pólizas se firman en la notaría, a menudo sin cita previa, con el DNI y la póliza preparada por la entidad. Si firma en representación de una sociedad, hay que acreditar el cargo o el poder.
Documentación necesaria
Para tramitar una póliza, será necesaria la siguiente documentación:
- Documentación de identificación correspondiente de los firmantes (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia o NIE).
- En el caso de que participe una sociedad, copias autenticadas de la escritura pública que certifique su constitución, así como de la escritura que evidencie las facultades representativas de la persona que asiste a la notaría, junto con el acta de titularidad real.
- En ciertas situaciones, puede ser obligatorio contar con el acuerdo de la Junta de socios que autorice la operación.
Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.
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Preguntas frecuentes sobre pólizas
¿Necesito cita para firmar una póliza?
Es aconsejable llamar antes para asegurarse de que el notario está en la oficina. Es un trámite de minutos.
¿Quién paga la intervención de la póliza?
Normalmente el cliente de la entidad, según el arancel. Es un importe reducido, proporcional al capital.