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Herencias · Guía

Herencia sin testamento en Galicia: quién hereda y cómo se tramita

Morir sin testamento no significa que la herencia se pierda ni que se la quede el Estado. Significa que la ley decide quién hereda y que hay un trámite previo, la declaración de herederos, que se hace en la notaría.

Notaría Álvaro Álvarez Guerra, A Coruña · Revisado el 3 de septiembre de 2026 · 6 minutos de lectura

Quién hereda si no hay testamento

El orden lo fija el Código Civil, y en Galicia se aplica con las particularidades de la Ley 2/2006 en cuanto a la legítima del cónyuge:

  1. Los hijos y descendientes, a partes iguales. Si un hijo ha fallecido antes, heredan sus hijos en su lugar.
  2. Si no hay descendientes, los padres y ascendientes.
  3. Si no hay ni descendientes ni ascendientes, el cónyuge (no separado legalmente ni de hecho).
  4. Después, los hermanos y sobrinos, y luego el resto de parientes hasta el cuarto grado (primos).
  5. Si no hay ningún pariente, hereda la Comunidad Autónoma de Galicia.

El cónyuge viudo, cuando concurre con hijos o con padres del fallecido, no hereda en propiedad pero conserva su legítima: en Galicia, el usufructo vitalicio de una cuarta parte de la herencia si hay descendientes, y de la mitad si no los hay. Las parejas de hecho inscritas en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia tienen los mismos derechos que el cónyuge; las no inscritas, ninguno.

La declaración de herederos abintestato

Antes de repartir nada hay que acreditar oficialmente quiénes son los herederos. Eso es el acta de declaración de herederos, que desde 2015 se tramita íntegramente en la notaría.

  • Quién la pide. Cualquier persona con interés legítimo: un hijo, el cónyuge, un hermano.
  • Dónde. Ante un notario del lugar donde el fallecido tuvo su último domicilio o residencia habitual, donde esté la mayor parte de sus bienes, donde falleció, o de un distrito colindante. Para alguien que vivía en A Coruña, cualquier notaría de la ciudad.
  • Qué hace falta. Certificado de defunción, certificado de últimas voluntades (negativo), DNI del fallecido, libro de familia o certificados de nacimiento de los hijos, certificado de matrimonio, y el DNI del solicitante. Lista completa en declaración de herederos.
  • Testigos. Dos personas mayores de edad que conozcan a la familia y puedan asegurar que no hay otros herederos: vecinos, amigos, primos. No pueden ser los propios herederos.
  • Plazo. Desde que se firma el acta inicial hay que esperar veinte días hábiles antes de cerrarla. Es el tiempo que la ley da para que aparezca cualquier otro interesado.

Después de la declaración: la herencia

Con el acta cerrada, los herederos ya pueden firmar la escritura de aceptación y adjudicación de herencia, liquidar el Impuesto de Sucesiones y la plusvalía municipal e inscribir los bienes. Si no se ponen de acuerdo en el reparto, cualquier heredero puede pedir en la notaría el nombramiento de un contador-partidor dativo, que hace la partición sin necesidad de juicio.

Cuánto cuesta

El acta de declaración de herederos queda, por arancel, entre 150 y 250 euros según el número de herederos y de folios. La escritura de herencia posterior se calcula sobre el valor de los bienes. En una herencia familiar habitual, ambas cosas juntas suelen quedar entre 500 y 1.000 euros de notaría.

Por qué conviene hacer testamento

Sin testamento, en Galicia el cónyuge solo tiene un usufructo y los hijos heredan todo a partes iguales, sin poder atender a las circunstancias de cada uno. Con testamento se puede dejar el usufructo universal al cónyuge, mejorar a un hijo, dejar la casa a quien la cuida o prever qué pasa si un heredero fallece antes. Cuesta en torno a 50 euros y se firma en el día. Más en testamentos en A Coruña.

Información general revisada por la notaría. Cada caso tiene sus matices: consúltelo antes de decidir. La consulta previa no se cobra.

Para seguir

Preguntas frecuentes

¿Se queda el Estado con la herencia si no hay testamento?

Solo si no hay ningún pariente hasta el cuarto grado. En Galicia, en ese caso, hereda la Comunidad Autónoma, no el Estado. Con hijos, padres, cónyuge, hermanos o sobrinos, heredan ellos.

¿Hereda la pareja de hecho sin testamento?

Solo si está inscrita en el Registro de Parejas de Hecho de Galicia, que la equipara al cónyuge. Si no está inscrita, no hereda nada por ley.

¿Cuánto tarda la declaración de herederos?

Veinte días hábiles desde el acta inicial, más el tiempo de reunir la documentación. En la práctica, entre uno y dos meses desde el fallecimiento.

¿Hace falta ir al juzgado?

No. Desde la Ley 15/2015 la declaración de herederos de cualquier pariente se hace en la notaría. El juzgado solo interviene si hay conflicto.

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