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Familia · A Coruña

Liquidación de la sociedad de gananciales: qué documentación hace falta

Cuando la sociedad de gananciales se disuelve (por divorcio, separación, capitulaciones que pasan a separación de bienes o fallecimiento), hay que repartir los bienes comunes. La liquidación inventaría lo que hay, paga las deudas y adjudica a cada cónyuge, o a los herederos, lo que le corresponde.

Qué es y cuándo hace falta

La adjudicación de bienes gananciales a cada cónyuge está exenta de Transmisiones Patrimoniales y, en Galicia, de Actos Jurídicos Documentados cuando es consecuencia de la disolución.

Documentación necesaria

Para tramitar una liquidación de la sociedad de gananciales, será necesaria la siguiente documentación:

  • DNI, NIE o pasaporte de ambos cónyuges.
  • Certificado literal de matrimonio.
  • Sentencia de divorcio o escritura de separación, en su caso.
  • Relación completa de bienes y deudas de la sociedad de gananciales.
  • Títulos de propiedad de los bienes inmuebles.
  • Certificados bancarios de saldos de cuentas comunes.
  • Referencia catastral de los inmuebles (último recibo del IBI).
  • Propuesta de adjudicación de bienes a cada cónyuge.
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Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.

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Capitulaciones matrimoniales, régimen económico, liquidación de gananciales y divorcio de mutuo acuerdo sin hijos menores. Lo explicamos con detalle, con costes y preguntas frecuentes, en familia y pareja en A Coruña.

Preguntas frecuentes sobre liquidación de la sociedad de gananciales

¿Se puede liquidar en la misma escritura que el divorcio?

Sí, y es lo más práctico. También puede hacerse después, en escritura separada.

¿Qué pasa con la hipoteca de la vivienda?

El cónyuge que se adjudica la vivienda suele asumir la hipoteca, pero frente al banco siguen respondiendo los dos hasta que la entidad acepte la novación.

Cita previa

Cuéntenos el caso

Una llamada basta para saber qué documentación hace falta y cuánto cuesta. La consulta previa no se cobra.

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