Documentación necesaria
Para tramitar una celebración de matrimonio, será necesaria la siguiente documentación:
- Documento nacional de identidad, pasaporte, NIE o certificado de empadronamiento actualizado.
- Certificado de nacimiento expedido por el Registro Civil del lugar de nacimiento en el último año.
- Certificado de empadronamiento vigente en el lugar de residencia durante los últimos dos años (con una validez de tres meses desde la emisión); o certificado consular si se ha residido en el extranjero.
- Testimonio judicial (acta de autorización matrimonial) si es necesario.
- Elección de, como mínimo, dos testigos y aportar sus documentos de identidad.
- En caso de matrimonio anterior, certificado del matrimonio anterior con anotación de divorcio o nulidad, o certificado de defunción si es viudo/a. Para extranjeros, certificado de capacidad matrimonial o soltería según la legislación de su país.
Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.
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Capitulaciones matrimoniales, régimen económico, liquidación de gananciales y divorcio de mutuo acuerdo sin hijos menores. Lo explicamos con detalle, con costes y preguntas frecuentes, en familia y pareja en A Coruña.
Preguntas frecuentes sobre celebración de matrimonio
¿Cuánto tarda casarse en la notaría?
El expediente puede resolverse en pocas semanas, frente a los meses que a veces tarda el Registro Civil. La fecha de la boda se elige al terminar el expediente.
¿Podemos elegir el régimen económico en el mismo acto?
Sí. Las capitulaciones matrimoniales se pueden otorgar antes de la boda o en la misma visita.