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ÁLVAREZ GUERRA Notaría
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Extranjería · A Coruña

Carta de invitación: qué documentación hace falta

Para que un ciudadano extranjero venga de visita y se aloje en su domicilio, la Policía expide la carta de invitación. Muchos consulados exigen además un acta notarial de manifestaciones en la que el anfitrión declara los datos del invitado, las fechas y el domicilio, y se compromete a su alojamiento. Se firma en el día.

Documentación necesaria

Para tramitar una carta de invitación, será necesaria la siguiente documentación:

  • DNI, NIE o pasaporte del invitante, original y en vigor.
  • Datos completos de la persona invitada (nombre, apellidos, nacionalidad, número de pasaporte, fecha de nacimiento).
  • Fechas previstas del viaje (entrada y salida).
  • Dirección del alojamiento donde se hospedará la persona invitada.
  • Documentación que acredite la disponibilidad del alojamiento (escritura de propiedad o contrato de alquiler).
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Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.

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Preguntas frecuentes sobre carta de invitación

¿Sustituye el acta notarial a la carta de la Policía?

No. Son documentos distintos. La carta de invitación oficial la expide la Comisaría; el acta notarial la complementa cuando el consulado la pide.

¿Qué tengo que llevar?

Su DNI o tarjeta de residencia, la escritura o el contrato de alquiler de la vivienda y una copia del pasaporte del invitado.

Cita previa

Cuéntenos el caso

Una llamada basta para saber qué documentación hace falta y cuánto cuesta. La consulta previa no se cobra.

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