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ÁLVAREZ GUERRA Notaría
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Poderes · A Coruña

Poderes para pleitos: qué documentación hace falta

El poder para pleitos faculta a abogados y procuradores para representarle ante cualquier juzgado o tribunal. Lo pide el despacho antes de iniciar un procedimiento o de contestar a una demanda. Se otorga en el día con el DNI y los datos de los profesionales.

Documentación necesaria

Para tramitar un poder para pleitos, será necesaria la siguiente documentación:

  • Documento de identidad del interesado, original y en vigor.
  • Detalles concretos de los procuradores y abogados a quienes se les atribuirán las facultades.
  • Si interviene una sociedad como otorgante, escritura de constitución y nombramiento del administrador vigente.
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Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.

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Generales, para pleitos, para vender o para operaciones concretas. También poderes preventivos para prever una futura pérdida de capacidad. Lo explicamos con detalle, con costes y preguntas frecuentes, en poderes notariales en A Coruña.

Preguntas frecuentes sobre poderes para pleitos

¿Puedo apoderar a varios abogados y procuradores a la vez?

Sí, es lo habitual: se incluyen todos los profesionales del despacho para que cualquiera pueda actuar.

¿Sirve también el apoderamiento apud acta?

Sí, es gratuito y se hace en el propio juzgado o por vía electrónica, pero solo vale para ese procedimiento. El poder notarial vale para todos.

Cita previa

Cuéntenos el caso

Una llamada basta para saber qué documentación hace falta y cuánto cuesta. La consulta previa no se cobra.

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