Documentación necesaria
Para tramitar un poder especial, será necesaria la siguiente documentación:
- DNI, NIE, pasaporte o tarjeta de residencia del otorgante del poder, original y en vigor.
- Información específica de la persona que recibirá las facultades, incluyendo su número de documento de identidad.
- Descripción concreta de las facultades especiales que se otorgan (acto u operación específica para la que se concede el poder).
- Si interviene una sociedad como otorgante, escritura de constitución y nombramiento del administrador vigente.
Esta lista cubre el caso general. Según las circunstancias puede hacer falta algún documento más; se lo indicamos al pedir cita, para que venga una sola vez.
Más sobre poderes notariales
Generales, para pleitos, para vender o para operaciones concretas. También poderes preventivos para prever una futura pérdida de capacidad. Lo explicamos con detalle, con costes y preguntas frecuentes, en poderes notariales en A Coruña.
Preguntas frecuentes sobre poderes especiales
¿Qué datos hay que llevar?
Los del apoderado y los del acto: si es para vender o comprar una finca, la escritura o una nota simple para identificarla; si es para una herencia, el nombre del fallecido.
¿Puede otorgarlo alguien desde el extranjero?
Sí, ante el cónsul español o ante notario local con apostilla. Enviamos el texto exacto para que sirva a la primera.